Por Régimen Fiscal podemos entender el sistema o conjunto de normas que establecen las obligaciones fiscales y los derechos , de las personas físicas o jurídicas en el ejercicio de una actividad económica , y que se utiliza para determinar el importe de los impuestos a pagar por los rendimientos obtenidos.
Razón por la que la elección de uno u otro régimen es una decisión fundamental, que debe ser meditada y analizada, ya que de ello va a depender la carga tributaria de la empresa, durante un periodo de tiempo o incluso durante varios ejercicios, como sucede en el caso de renuncia, en el que se debe permanecer un mínimo de tres años en el régimen elegido.
Así podremos elegir entre:
Estimación Directa Normal:
Aplicable: En todo caso aquellas empresas y profesionales cuyo importe neto de la cifra de negocio sea superior a 600.000 euros en el ejercicio inmediatamente anterior. Así como aquellos que hayan renunciado a la Estimación directa Simplificada
Rendimiento Neto: Las empresas acogidas a este régimen determinarán el rendimiento por la diferencia: Ingresos Computables - Gastos Deducibles. Siendo aplicable la normativa del IS.
Obligaciones Contable y Registrales: Vamos a distinguir las obligaciones en función de la naturaleza de las actividades realizadas :
Actividad Mercantil: Las empresas que desarrollen estas actividades deberán llevar una contabilidad ajustada al Plan General de Contabilidad y al Código de comercio así como los. Libro Diario y de Inventario y Cuentas Anuales.
Actividad no Mercantil: Llevarán los siguientes libros registros: Ventas e Ingresos, Compras y Gastos y Bienes de Inversión
Actividades profesionales: Libro de Ingresos, de Gastos, Bienes de Inversión y Provisiones de Fondos y Suplidos.
Estimación Directa Simplificada:
Aplicable: A empresarios y profesionales cuando :
La actividad no este acogida a Estimación Objetiva
El importe neto de la cifra de negocio sea menor a 600.000 euros en el ejercicio inmediatamente anterior.
No haya renunciado
Ninguna de las actividades desarrolladas por el contribuyente este en Estimación Normal
Rendimiento Neto: Las empresas acogidas a este régimen determinarán el rendimiento por la diferencia: Ingresos Computables - Gastos Deducibles. Siendo aplicable la normativa del IS.
Presentando las siguientes particularidades:
Las amortizaciones del inmovilizado material se realizan de forma lineal mediante la aplicación de una tabla de amortización simplificada
Las provisiones deducibles y gastos de difícil justificación se cuantifican en un 5% del rendimiento neto.
Obligaciones Contable y Registrales: En función de la naturaleza de las actividades realizadas :
Actividad Empresarial: Llevarán los siguientes libros registros: Ventas e Ingresos, Compras y Gastos y Bienes de Inversión
Actividades profesionales: Libro de Ingresos, de Gastos, Bienes de Inversión y Provisiones de Fondos y Suplidos
Estimación Objetiva (conocida como módulos)
Aplicable: Empresarios individuales que realicen actividades incluidas en la Orden Ministerial siempre que cumplan los requisitos exigidos en la misma, no rebasen los límites establecidos, no hayan renunciado a su aplicación, al Régimen de Agricultura Ganadera y Pesca , al Régimen Especial de IVA, y no ejercen otras actividades en Estimación Directa.
Rendimiento Neto: Se determina a partir de unos parámetros objetivos ( nº. de personas, potencia instalada, carga del vehículo etc) fijados para cada actividad que en ningún caso son actividad real.
Obligaciones Contable y Registrales: En función de la naturaleza de las actividades realizadas :
Actividad Empresarial: Llevarán los siguientes libros registros: Libro Registro de Compras y Bienes de Inversión en su caso
Actividad Agrícola, Ganadera y Forestal: Libro Registro de Ventas e Ingresos
La Renuncia implica la permanencia por 3 años en el régimen elegido
A la vista de todo lo expuesto podemos concluir diciendo que en la elección de uno y otro régimen se deberán tener en cuenta y siempre partiendo de las peculiaridades de nuestra empresa, la complejidad de las obligaciones formales, las posibilidades de amortización , de dotar provisión, de comparar los resultado de la aplicación de módulos con la actividad económica real previsible y en función de los resultados optar por la opción más ventajosa .