Siguiendo con las rentas sometidas a retención y pagos a cuentas, en este caso analizamos:
2.3.2. Rendimientos de Capital Mobiliario:
La base de retención está constituida por la contraprestación integra exigible o satisfecha.
El importe de la retención será el resultado de aplicar el 19% sobre la base de retención, a excepción de los ejercicios 2012 y 2013 donde el porcentaje de retención aplicado será del 21%.
2.3.3. Actividades Profesionales.
La retención se obtiene aplicando el porcentaje correspondiente sobre la retribución integra. Con carácter general y hasta el 31 de diciembre de 2014 se aplicará un porcentaje el 21%.
Aquellos profesionales que inicien su actividad podrán durante el ejercicio de inicio y los dos siguientes aplicar un porcentaje reducido del 9%, siendo voluntaria la aplicación de dicho porcentaje. Medida que tiene como objetivo dotar de mayor liquidez aquellos periodos en los que se prevé que los ingresos pueden ser más reducidos.
Dentro de este apartado destacar los rendimientos derivados de actividades agrícolas, ganadera y forestales cuyo importe integro incluida la compensación del Régimen Especial de agricultura, ganadera y pesca. será objeto de retención. Los tipos aplicables serán del 1 % para actividades de engorde de porcino y avicultura y del 2% para el resto de actividades y la actividad forestal.
Dentro de este apartado destacar los rendimientos derivados de actividades agrícolas, ganadera y forestales cuyo importe integro incluida la compensación del Régimen Especial de agricultura, ganadera y pesca. será objeto de retención. Los tipos aplicables serán del 1 % para actividades de engorde de porcino y avicultura y del 2% para el resto de actividades y la actividad forestal.
2.3.4. Ganancias Patrimoniales.
Son ganancias derivadas de la transmisión o reembolsos de acciones y participaciones en instituciones de inversión colectivas, de aprovechamientos forestales de los vecinos de los montes públicos. Al igual que en las actividades profesionales se viene aplicando un porcentaje del 21%
2.3.5 Otras rentas sujetas a retención.
Rendimientos de Arrendamientos Urbanos.- La retención se obtiene aplicando el tipo de retención sobre los ingresos , excluido el importe correspondiente al IVA.
Premios en Metálico.
Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, asistencia técnica, arrendamientos bienes inmuebles, negocios. etc.
Autonomofacil
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